
Toda persona dependiente requiere de unos cuidados que le permitan realizar sus tareas cotidianas con normalidad en mayor o menor grado. De este modo, se define como dependencia ‘el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal’.
De este modo, cualquier persona que se encuentre dentro de esta situación tiene derecho a acceder a las ayudas y subvenciones para el cuidado.
Dentro de esta definición, se establecen diferentes grados de dependencia en función de los cuales las ayudas y subvenciones para el cuidado serán diferentes:
Toda persona dependiente requiere de unos cuidados que le permitan realizar sus tareas cotidianas con normalidad en mayor o menor grado. De este modo, se define como dependencia ‘el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal’.
De este modo, cualquier persona que se encuentre dentro de esta situación tiene derecho a acceder a las ayudas y subvenciones para el cuidado.
Dentro de esta definición, se establecen diferentes grados de dependencia en función de los cuales las ayudas y subvenciones para el cuidado serán diferentes:
Una vez reconocida la condición de dependiente siguiendo el procedimiento de cada Comunidad Autónoma, se asignará el tipo de prestación o subvención. Esta podrá tener la naturaleza de servicios o de prestaciones económicas e irán destinadas, por una parte, a la promoción de la autonomía personal y, por otra, a atender las necesidades de las personas con dificultades para la realización de las actividades básicas de la vida diaria.
Además de determinados servicios sociales y de atención sanitaria, se contemplan diferentes prestaciones económicas de ayuda a los cuidados.
La prestación económica tiene carácter periódico y tendrá lugar cuando no sea posible el acceso a un servicio público o concertado de atención y cuidado, en función del grado de dependencia y de la capacidad económica del beneficiario.
Esta podrá tener el carácter de prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales. Es decir, cuando la persona dependiente esté siendo atendido por su entorno familiar.
Por otro lado, también será posible recibir una prestación económica de asistencia personal. Esta tendrá como finalidad la promoción de la autonomía de las personas en situación de dependencia, en cualquiera de sus grados por medio de la contratación de asistencia personal, durante un número de horas, que facilite al beneficiario una vida más autónoma en el ejercicio de las actividades básicas de la vida diaria.
La cuantía económica que se puede recibir depende del grado de dependencia y los cuidados que necesite. Estas pueden oscilar entre los 150 y los 700 € al mes, aproximadamente.
Para solicitar las ayudas o subvenciones para el cuidado de una persona dependiente hay que dirigirse a los organismo establecidos a tal fin en cada Comunidad Autónoma (Andalucía, Cataluña, Madrid, etc.).
En Senniors ofrecemos todo tipo de cuidados y asistencia personal para personas mayores y personas dependientes.
Sí. Existen desgravaciones fiscales en la declaración de la renta para gastos de cuidado. Muchas comunidades autónomas ofrecen ayudas complementarias propias. También hay subvenciones para adaptar el hogar, comprar dispositivos médicos o acceder a teleasistencia. Consulta con los servicios sociales de tu zona para conocer todas las opciones.
Sí. El SAAD permite elegir cuidador personal de tu confianza. Puedes contratar directamente a un cuidador, ya sea familiar o profesional. Empresas como Senniors ofrecen cuidadores especializados para atención a domicilio, permitiéndote gestionar la ayuda de forma flexible mientras recibes asistencia profesional certificada.
El SAAD ofrece entre 300 y 900 euros al mes según tu grado de dependencia. Grado I (moderado) recibe lo mínimo, grado II (severo) más cantidad, y grado III (gran dependencia) la máxima. Algunos servicios complementarios pueden aumentar esta cifra. La cantidad varía según tu comunidad autónoma.
Necesitas tener reconocido un grado de dependencia (que evalúan los servicios sociales) y cumplir los límites de renta establecidos. El trámite comienza solicitando la valoración en tu comunidad autónoma. No hay límite de edad. El proceso puede tardar meses, así que es recomendable empezar cuanto antes.
Las principales son el Servicio de Atención a la Dependencia (SAAD), que financia cuidados formales, y el CEAPSD, que ayuda con servicios específicos. Además, existen deducciones fiscales en la declaración de la renta y ayudas complementarias de cada comunidad autónoma. También hay subvenciones para adaptar el hogar o comprar productos de apoyo. El tipo depende de tu grado de dependencia reconocido.